Providencia judicial en única instancia
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Subsección A, emitió un auto el 5 de mayo de 2026, mediante el cual admite una demanda presentada contra la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional (CASUR), el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Defensa Nacional, el Departamento Administrativo de la Función Pública y el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue interpuesta por un ciudadano en ejercicio del medio de control de nulidad y nulidad y restablecimiento del derecho, previstos en los artículos 137 y 138 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). El demandante solicitó que se declare la nulidad de diversos decretos expedidos entre 1993 y 2025, que regulan los conceptos de asignación básica, gastos de representación y prima de dirección para ministros del despacho ejecutivo. Asimismo, pide la nulidad de la expresión «como asignación básica y gastos de representación» contenida en varios decretos específicos.
Además, se solicitó la nulidad del Oficio Nro. 881804 de julio de 2024, mediante el cual CASUR negó el reconocimiento y pago de la nivelación salarial y el reajuste de la asignación de retiro.
En la revisión inicial, el Consejo de Estado encontró competencia para conocer del asunto en única instancia, conforme al numeral 1 del artículo 149 de la Ley 1437 de 2011, y verificó el cumplimiento de los requisitos formales para la admisión de la demanda.
Consideraciones y órdenes de la providencia
El auto de admisión establece lo siguiente:
- Se admite la demanda contra...