Corte Suprema de Justicia define competencia en demanda de pertenencia con entidad pública involucrada
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 17:33:48
Contexto y tribunal competente
La providencia judicial fue emitida por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, instancia encargada de dirimir el conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de El Peñol y el Juzgado Dieciocho Civil Municipal de Medellín. El proceso se originó a raíz de una demanda de pertenencia sobre un inmueble ubicado en el municipio de El Peñol, presentada contra los herederos de unos particulares y una empresa pública de servicios ubicada en Medellín.
Antecedentes del caso
Los actores presentaron la demanda ante el juzgado de El Peñol, fundamentándose en la competencia especial establecida en el numeral 7 del artículo 28 del Código General del Proceso, que señala la competencia privativa del juez del lugar donde se ubique el bien en asuntos de derechos reales. Sin embargo, el juzgado de esa localidad rehusó la asignación, argumentando que en procesos donde es parte una entidad pública, la competencia corresponde al juez del domicilio principal de dicha entidad, conforme al numeral 10 del mismo artículo.
Esta remisión fue rechazada por el juzgado de Medellín, que sostuvo que la regla especial del numeral 7, por su carácter privativo y materia, prevalece sobre la regla general basada en la calidad de las partes, por lo que planteó el conflicto de competencia ante la Corte Suprema de Justicia.
Consideraciones jurídicas
La Corte recordó que la regla general de competencia territorial en procesos contenciosos corresponde al domicilio del demandado, salvo disposición legal en contrario. Existen tres tipos de fueros: concurrentes por elección, concurrentes sucesivos y exclusivos o privativos. La competencia...
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