La Corte Suprema declara desiertos recursos extraordinarios de casación por falta de sustentación
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 17:35:8
Contexto y tribunal de la decisión
La providencia fue emitida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en segunda instancia, en el marco del proceso identificado con la radicación n.° 05001-31-05-008-2019-00432-02. La decisión se formalizó a través de un auto fechado el 29 de abril de 2026 en Bogotá D.C., con ponencia del magistrado encargado del caso.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso judicial se originó a partir de una disputa entre una Administradora de Fondos de Pensiones, Cesantías y del Componente Complementario de Ahorro Individual, y otra entidad aseguradora, frente a un ciudadano demandado. En primera instancia, se dictó una sentencia que motivó la interposición de recursos extraordinarios de casación por parte de las entidades mencionadas, buscando revertir la decisión del tribunal de origen.
Consideraciones y fundamento jurídico de la decisión
La Sala de Casación Laboral resolvió declarar desiertos los recursos extraordinarios de casación presentados, debido a que las partes recurrentes no sustentaron sus pretensiones dentro del término establecido para ello en el proceso. Esta medida se fundamenta en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964, que regula el Código de Procedimiento Civil y establece que la falta de sustentación en el plazo previsto implica la declaración de desierto del recurso.
El auto reitera así la importancia del cumplimiento de los términos procesales para garantizar la adecuada administración de justicia y evitar dilaciones en el trámite judicial. En consecuencia, el expediente fue remitido nuevamente al tribunal de origen para los efectos pertinentes.
La decisión pone de manifiesto la rigurosidad del tribunal en la aplicación de las normas procesales, subrayando que...
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