Corte Suprema de Justicia niega recurso de casación en proceso sobre traslado entre regímenes pensionales
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 17:33:21
Contexto y tribunal competente
La providencia fue proferida en el marco de un proceso ordinario laboral por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, instancia superior encargada de resolver recursos extraordinarios de casación contra sentencias de segunda instancia. El auto de fecha 4 de febrero de 2026 resuelve la queja interpuesta frente a la negativa de conceder el recurso de casación por parte de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.
Antecedentes del caso
Una afiliada promovió proceso ordinario laboral contra tres entidades del sistema pensional: dos sociedades administradoras de fondos privados y la administradora colombiana del régimen público de pensiones. La demanda buscaba que se declarara la ineficacia del traslado del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RSPMPD) al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). Como consecuencia, solicitó que las sociedades privadas trasladaran todos los valores consignados en su cuenta de ahorro individual, incluyendo cotizaciones, bonos pensionales, rendimientos financieros y demás aportes, al régimen público, con los frutos e intereses correspondientes.
El Juzgado Laboral de Bogotá, en sentencia de primera instancia, declaró la ineficacia del traslado y condenó a las sociedades privadas a efectuar el traslado de los recursos a la administradora pública, además de condenar en costas a una de las sociedades. La sala de segunda instancia confirmó y adicionó dicha sentencia, precisando el detalle de los conceptos que debían discriminarse al momento del traslado.
Consideraciones principales de la providencia
Posteriormente, las sociedades administradoras interpusieron recurso extraordinario de casación, que fue negado por la Sala Laboral del Alto Tribunal por falta de interés...
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