Corte Suprema de Justicia declara bien denegados recursos de casación en proceso sobre traslado irregular entre regímenes pensionales
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 17:32:34
Contexto y tribunal competente
La providencia en cuestión fue emitida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en ejercicio de sus funciones como tribunal de última instancia en materia laboral. El proceso se encuentra radicado bajo el número 68001-31-05-004-2022-00444-01 y deriva de un proceso ordinario laboral iniciado en primera instancia por un afiliado contra varias entidades administradoras de fondos de pensiones y cesantías, así como la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones).
Antecedentes fácticos y procesales
El afiliado promovió acción ordinaria laboral para que se declarara la ineficacia del traslado efectuado desde el Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RSPMPD) hacia el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). Solicitó, además, la devolución de todos los valores que se encontraban en la cuenta individual, incluidos cotizaciones, bonos pensionales y rendimientos financieros, así como la reactivación en el régimen inicial.
En primera instancia, el juzgado laboral resolvió a favor del afiliado, declarando la ineficacia del traslado y ordenando a las entidades administradoras responsables la devolución de los valores y gastos administrativos causados. Contra esta sentencia, las partes demandadas interpusieron recursos de apelación, los cuales fueron parcialmente atendidos y confirmados por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga.
Posteriormente, las administradoras Porvenir S.A. y Skandia S.A. interpusieron recursos extraordinarios de casación, los cuales fueron negados mediante auto por no demostrar el interés económico necesario para su procedencia. Insatisfechas, formularon recursos de reposición y de queja, que finalmente fueron remitidos a la Corte Suprema.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
La Corte Suprema recordó que para la admisión del recurso de casación...
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