Corte Suprema de Justicia niega casación en proceso sobre traslado de régimen pensional y devolución de aportes administrativos
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 17:32:31
Contexto y tribunal de la decisión
La providencia fue proferida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en segunda instancia, con radicación en un proceso ordinario laboral. El recurso extraordinario de casación fue interpuesto contra la sentencia de la Sala Sexta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, que a su vez confirmó parcialmente una sentencia de primera instancia.
Antecedentes fácticos y procesales
Una afiliada promovió un proceso ordinario laboral contra una sociedad administradora de fondos de pensiones y la administradora colombiana de pensiones, solicitando la declaración de ineficacia del traslado de régimen pensional del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RSPMPD) al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). Se pidió además la devolución de todos los aportes, cotizaciones, bonos pensionales, primas de seguros, gastos de administración y porcentajes destinados al fondo de garantía de pensión mínima, debidamente indexados y con intereses.
El juzgado de primera instancia declaró la ineficacia del traslado y ordenó a la sociedad administradora transferir a la administradora colombiana todos los recursos de la cuenta individual de ahorro, incluyendo cotizaciones y rendimientos, con cargo al patrimonio propio de la entidad recurrente. También dispuso la afiliación de la demandante al régimen de prima media, siempre que se cumplieran ciertas condiciones.
Contra esta decisión, la sociedad administradora y la administradora colombiana apelaron. La recurrente sostuvo que la afiliada firmó libremente el traslado y cuestionó la devolución de ciertos conceptos como primas de seguros y gastos administrativos, argumentando que estos habían sido ejecutados legalmente y su devolución implicaría un enriquecimiento sin causa.
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