Corte Suprema de Justicia dirime conflicto de competencia entre juzgados laborales de Bogotá y Neiva
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 17:35:19
Contexto y antecedentes del conflicto
El conflicto surgió en el marco de una demanda ordinaria laboral presentada ante los juzgados de Bogotá. El demandante solicitó que se declarara la existencia de un contrato laboral con tres entidades religiosas, con vigencia desde enero de 2008 hasta febrero de 2023, fecha en la que se alegó la terminación unilateral del vínculo laboral. Asimismo, requirió el pago de salarios caídos, cesantías, primas, indemnizaciones y demás prestaciones sociales.
La demanda fue inicialmente asignada al Juzgado Cuarenta y Nueve Laboral del Circuito de Bogotá. Sin embargo, este juzgado, aplicando el artículo 5 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social (CPTSS) modificado por la Ley 712 de 2001, consideró que la competencia debía recaer en el juez de Neiva, dado que el domicilio principal de dos de las entidades demandadas estaba en dicho municipio. Por ello, rechazó la demanda por falta de competencia y remitió el expediente a los juzgados laborales de Neiva.
Al recibir el expediente, el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Neiva también rechazó la competencia, argumentando que la competencia territorial debía determinarse por el domicilio del demandado, que en este caso estaba en Bogotá, y que el demandante había optado por esta jurisdicción al presentar la demanda allí. En consecuencia, se suscitó un conflicto de competencia entre ambos juzgados.
Consideraciones jurídicas de la Corte Suprema
La Corte Suprema, en su función de dirimir conflictos de competencia entre juzgados de diferente distrito judicial, examinó la aplicación del artículo 5 del CPTSS, que establece que la competencia puede determinarse por el último lugar de prestación del...
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