Corte Suprema inadmite recurso extraordinario de casación en proceso laboral sobre despido y discapacidad
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 17:35:18
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en el marco de un proceso ordinario laboral que tuvo origen ante el Juzgado Laboral de Medellín y posterior apelación ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín. El conflicto judicial se originó a partir de la terminación contractual de un trabajador con discapacidad, cuyo vínculo laboral fue dado por terminado sin autorización previa del Ministerio del Trabajo.
Antecedentes fácticos y procedimentales
El demandante promovió una acción ordinaria laboral para que se reconociera la existencia de un contrato a término indefinido desde 2014 hasta 2022, solicitando su reintegro, el pago de salarios, prestaciones sociales y cotizaciones de seguridad social durante el tiempo cesante, así como la indemnización prevista en el artículo 26 de la Ley 361 de 1997. En primera instancia, el juzgado declaró ilegal la terminación del contrato y condenó a la empresa a reintegrar al trabajador y pagar las sumas correspondientes.
Sin embargo, en segunda instancia, la Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior revocó la sentencia y absolvió a la empresa de las pretensiones. En consecuencia, el demandante interpuso recurso extraordinario de casación, que inicialmente fue inadmitido por falta del requisito de interés jurídico económico. Tras recurso de reposición, el tribunal revocó la inadmisión y admitió el recurso de casación, corrigiendo la valoración del interés económico basado en el salario real del actor.
Consideraciones jurídicas de la providencia
La Sala de Casación Laboral recordó que para admitir un recurso extraordinario de casación en procesos ordinarios laborales deben cumplirse tres requisitos: i) que...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.