Corte Suprema declara improcedente recurso de casación en proceso laboral sobre traslado entre regímenes pensionales
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 17:35:17
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, instancia máxima en materia laboral y de seguridad social. El proceso se originó en un juzgado laboral de primera instancia en Bogotá y fue revisado por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad, que confirmó la decisión inicial. La administradora de fondos de pensiones que interpuso el recurso pertenece al sector privado, mientras que la entidad demandada y destinataria de la restitución es la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), encargada del régimen público.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se inició con la demanda presentada por un afiliado que solicitó la nulidad de su traslado desde el Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RSPMPD) hacia el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), administrado inicialmente por una entidad privada y posteriormente transferido entre varias administradoras. El demandante reclamó la restitución de todos los valores aportados, incluidos cotizaciones, bonos pensionales, intereses y rendimientos, para ser reincorporado sin solución de continuidad al régimen público.
El juzgado laboral de primera instancia declaró ineficaz el traslado y ordenó que la administradora privada devolviera los valores correspondientes a Colpensiones, con la obligación de esta última de recibir dichos recursos y reactivar la afiliación. La entidad demandada fue condenada en costas. Esta sentencia fue confirmada por el Tribunal Superior en segunda instancia.
La administradora de fondos de pensiones interpuso recurso extraordinario de casación contra la confirmación, el cual fue negado inicialmente por considerar que no existía interés económico suficiente para recurrir. Posteriormente, se concedió el recurso...
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