Corte Suprema declara bien denegado recurso de casación contra sentencia sobre traslado de régimen pensional
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 17:32:52
Tribunal y naturaleza de la decisión
La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en decisión emitida en segunda instancia, resolvió mediante un auto la admisibilidad del recurso extraordinario de casación interpuesto por una administradora de fondos de pensiones (AFP). La providencia confirma la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, la cual fue objeto del recurso denegado inicialmente.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de una demanda ordinaria laboral presentada por un afiliado que solicitó se declarara la ineficacia de su traslado al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). Se pidió que la AFP trasladara el saldo de la cuenta de ahorro individual, junto con los rendimientos financieros y gastos de administración, a la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones).
El juzgado de primera instancia declaró la ineficacia del traslado, ordenando a la AFP el respectivo traslado de recursos. Posteriormente, el Tribunal Superior modificó parcialmente la sentencia, estableciendo que el traslado debía incluir cotizaciones obligatorias, primas de seguros previsionales, saldos de cuentas de rezago y otros emolumentos, pero absolvió a la AFP de la obligación de indexar dichos valores.
Inconforme con esta decisión, la AFP interpuso recurso extraordinario de casación, que fue denegado por el Tribunal por considerar que no se acreditaba el interés jurídico y económico cuantificable para recurrir, debido a que el monto de los gastos de administración en controversia no superaba el umbral legal para la admisión del recurso.
Ante esta denegación, la AFP presentó recurso de reposición y, en subsidio, de queja, alegando improcedencia en la devolución...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.