Tribunal Administrativo de Boyacá confirma naturaleza salarial plena de la bonificación judicial para servidores de la Fiscalía General de la Nación
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:50:30
Providencia y competencia
La Sala de Decisión No. 6 del Tribunal Administrativo de Boyacá dictó un auto mediante el cual resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida en primera instancia por un Conjuez del Juzgado Cuarto Administrativo de Tunja. La acción judicial corresponde a un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, en el que se revisa la naturaleza de la bonificación judicial establecida por el Decreto 382 de 2013 para servidores públicos vinculados a la Fiscalía General de la Nación.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante, servidor público con vinculación desde 1992 a la Fiscalía General de la Nación, solicitó la nulidad de actos administrativos que negaron el reconocimiento de la bonificación judicial como factor salarial para efectos de liquidación de prestaciones sociales. Esta bonificación fue creada para nivelar el régimen salarial de ciertos servidores públicos desde el 1 de enero de 2013, pero el Decreto 382 de 2013 estableció expresamente que dicha bonificación solo constituiría factor salarial para base de cotización en salud y pensiones.
Tras la negativa administrativa, el demandante acudió a la jurisdicción contencioso administrativa mediante demanda que fue parcialmente aceptada en primera instancia. Se ordenó la reliquidación de prestaciones sociales con inclusión de la bonificación judicial como factor salarial pleno y se inaplicó para el caso concreto la limitación contenida en el decreto. La entidad demandada apeló la decisión.
Consideraciones del Tribunal en segunda instancia
El Tribunal Administrativo de Boyacá analizó la cuestión jurídica central: si la bonificación judicial debe reconocerse como factor salarial para todos los efectos legales o si su carácter salarial debe limitarse...
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