Tribunal Administrativo de Boyacá ordena inclusión de bonificación judicial en liquidación de cesantías de servidores públicos
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:50:40
Providencia judicial y contexto procesal
El Tribunal Administrativo de Boyacá, Sala de Decisión Tercera, emitió una sentencia en segunda instancia el 14 de abril de 2026, revisando un recurso de apelación interpuesto contra una sentencia del 30 de julio de 2021, proferida por el Juzgado Administrativo Transitorio de Tunja. La decisión original accedió parcialmente a las pretensiones de una servidora pública vinculada a la Rama Judicial, quien solicitó el reconocimiento de la bonificación judicial como factor salarial para la liquidación de todas sus prestaciones sociales, incluyendo las cesantías.
Antecedentes y planteamiento del caso
La demandante, empleada de la Rama Judicial desde 2013, solicitó que se declarara inconstitucional la limitación establecida en el Decreto 383 de 2013, que restringía el carácter salarial de la bonificación judicial únicamente para la base de cotización en pensiones y salud, excluyéndola de otras prestaciones sociales. La entidad demandada negó esta solicitud mediante actos administrativos, decisión que fue confirmada en primera instancia.
El Juzgado Administrativo Transitorio de Tunja determinó que la bonificación judicial cumple con los requisitos para ser considerada salario, pues es un pago habitual y periódico como contraprestación directa por el servicio prestado. Sin embargo, excluyó su inclusión en la base de liquidación de las cesantías, argumentando que esta prestación se liquida anualmente y que la demandante debía reclamar individualmente cada liquidación anualizada.
Consideraciones de la Sala de segunda instancia
La Sala de Decisión Tercera del Tribunal Administrativo de Boyacá revisó el recurso de apelación y, tras analizar el marco normativo constitucional y legal, así como la jurisprudencia relevante, concluyó que la bonificación judicial tiene naturaleza salarial plena. En efecto,...
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