Tribunal Administrativo de Boyacá admite recurso de apelación adhesiva en proceso sobre pensión de jubilación
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:50:38
Contexto y tribunal competente
La providencia judicial fue emitida por el Tribunal Administrativo de Boyacá, Despacho N° 03 de Oralidad, en segunda instancia, con fecha diez (10) de abril de 2026. La resolución corresponde a la admisión del recurso de apelación adhesiva interpuesto en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, en el que la parte actora demanda al Ministerio de Educación y al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), así como al Departamento de Casanare.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó por una demanda en la que se cuestionaban actos administrativos relacionados con el reconocimiento y el pago de la pensión de jubilación. En primera instancia, el Juzgado Tercero Administrativo de Tunja profirió una sentencia el 23 de octubre de 2025 que declaró la nulidad de los actos acusados y reconoció parcialmente la pensión solicitada.
Posteriormente, la parte demandada interpuso recurso de apelación principal contra dicha sentencia, admitido y notificado en febrero de 2026. Dentro del término de ejecutoria para dicho recurso, la parte demandante presentó un recurso de apelación adhesiva, adheriéndose al recurso principal en cuanto a los aspectos que le resultaban desfavorables.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
El tribunal analizó el recurso de apelación adhesiva conforme al parágrafo del artículo 322 del Código General del Proceso (CGP), aplicado por remisión del artículo 306 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Esta norma permite que la parte que no interpuso recurso pueda adherirse al recurso presentado por la contraparte en lo que la providencia le sea desfavorable.
Para la admisión del recurso...
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