Tribunal Administrativo de Boyacá confirma derecho pensional de docente con inclusión de bonificación mensual
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:50:43
Providencia y tribunal que conoce el caso
La Sala de Decisión Cuarta del Tribunal Administrativo de Boyacá, en cumplimiento de un fallo de tutela del Consejo de Estado que ordenó proferir una sentencia de reemplazo, conoció y decidió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado Cuarto Administrativo de Tunja. La providencia es una sentencia que modifica parcialmente el fallo anterior.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante, docente vinculado inicialmente mediante órdenes de prestación de servicios (OPS) con la Secretaría de Educación de Boyacá desde 1995 hasta 2003, posteriormente en provisionalidad y luego en propiedad, solicitó el reconocimiento y pago de la pensión de jubilación desde que cumplió 55 años y 20 años de servicio oficial, conforme a la Ley 33 de 1985. La entidad demandada, Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), negó inicialmente la pensión alegando la aplicación del régimen pensional establecido en la Ley 812 de 2003 y la Ley 100 de 1993 para docentes vinculados después de la entrada en vigencia de dicha norma.
El Juzgado Cuarto Administrativo de Tunja concedió la demanda, declarando el silencio administrativo negativo frente a la solicitud, ordenó el reconocimiento y pago de la pensión equivalente al 75% sobre el promedio de la asignación básica del último año, y condenó al FOMAG a realizar los ajustes por inflación y pago de intereses moratorios, sin condena en costas.
El demandante apeló para que se incluyera en la base de liquidación de la pensión la bonificación mensual docente establecida en el Decreto 1566 de 2014, la cual había sido reconocida...
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