Tribunal Administrativo de Boyacá confirma relación laboral encubierta en contratos docentes
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:50:54
Contexto y antecedente procesal
La providencia en cuestión se refiere a una sentencia de segunda instancia proferida por la Sala de Decisión No. 1 del Tribunal Administrativo de Boyacá, con ponencia a cargo de una magistrada de dicha sala. Este pronunciamiento resuelve el recurso de apelación interpuesto por el Departamento de Boyacá contra la decisión del Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Tunja, que en primera instancia declaró la existencia de una relación laboral entre una docente y la entidad territorial, reconociendo derechos laborales y pensionales asociados.
La demanda fue presentada mediante un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, luego de que la demandante solicitara la declaración de nulidad del acto ficto relacionado con una petición presentada ante la entidad. Se reclamó el reconocimiento de la relación laboral, la liquidación y pago de aportes pensionales al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), así como la expedición del certificado de tiempo de servicios.
Hechos y fundamentos de la demanda
La demandante prestó servicios al Departamento de Boyacá en calidad de docente mediante órdenes de prestación de servicios en distintos períodos entre 1997 y 2001. Durante esos lapsos, ejerció su labor de manera personal y bajo subordinación continua, sin que se le reconocieran aportes para efectos pensionales.
Se argumentó que la entidad utilizó contratos de prestación de servicios para encubrir una relación laboral, con el propósito de evadir el pago de prestaciones sociales. Para sustentar esta postura, se mencionaron normas constitucionales, como el artículo 53, y disposiciones legales, en especial el numeral 3 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993.
El Departamento de...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.