Tribunal Administrativo de Boyacá confirma derecho a prima especial y ordena reliquidación salarial de juez
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:50:53
Providencia judicial en segunda instancia sobre prima especial de servicios
El Tribunal Administrativo de Boyacá, Sala de Decisión 1, mediante sentencia de segunda instancia, resolvió un recurso de apelación interpuesto por la entidad demandada contra la sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Administrativo Transitorio de Tunja. La decisión judicial aborda el reconocimiento y pago de la prima especial de servicios del 30%, consagrada en el artículo 14 de la Ley 4ª de 1992, a una jueza que prestó servicios en la Rama Judicial bajo el régimen de acogidos.
Antecedentes del caso
La demandante ejerció como juez administrativo entre febrero de 2013 y noviembre de 2015. Durante este período, la entidad demandada le descontó el 30% de su asignación salarial básica para pagarle una prima especial que se consideraba sin carácter salarial, afectando la liquidación de prestaciones sociales y aportes a seguridad social. Ante la negativa administrativa para reconocer estas acreencias, la juez interpuso demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, solicitando condena para que se reconozca y pague dicha prima como parte del salario, junto con la reliquidación de prestaciones y aportes pensionales.
En primera instancia, el juzgado accedió a las pretensiones, declaró la nulidad del oficio que negó el pago y del acto administrativo ficto negativo derivado de la omisión en resolver el recurso de apelación. Ordenó pagar la diferencia salarial, reliquidar prestaciones sociales y consignar las diferencias en aportes a pensión, salvo el auxilio de cesantías, cuya reliquidación fue negada.
Consideraciones de la Sala de segunda instancia
El Tribunal revisó la legalidad de la sentencia y analizó dos problemas jurídicos principales: la...
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