Tribunal Administrativo de Boyacá confirma derecho pensional a docente y amplía factores salariales para su liquidación
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:51:2
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Boyacá, Sala de Decisión No. 5, en calidad de segunda instancia, emitió sentencia el 16 de abril de 2026 para resolver el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito Judicial de Tunja, fechada el 29 de octubre de 2024. La acción judicial controvertía el reconocimiento y liquidación de la pensión de jubilación para un docente del sector oficial, demandando la nulidad de una resolución administrativa que negó dicho reconocimiento.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante, docente con más de 55 años y dos décadas de servicio en el sector educativo público, reclamó la nulidad de la resolución que negó su pensión y solicitó que se le reconociera una pensión equivalente al 75% del promedio de sus salarios y primas previas a la adquisición del estatus pensional. Además, pidió que se declarara la existencia de una relación laboral con el ente territorial correspondiente debido a la naturaleza encubierta de sus contratos de prestación de servicios.
En primera instancia, el juzgado reconoció la relación laboral encubierta y ordenó el pago de la pensión bajo el régimen de la Ley 33 de 1985, aplicable a docentes vinculados antes de la Ley 812 de 2003, rechazando la alegación de prescripción. La entidad demandada apeló la decisión, argumentando la inaplicabilidad del régimen anterior y cuestionando la inclusión de los tiempos laborados bajo contratos de prestación de servicios para efectos pensionales.
Consideraciones y fundamentos de la providencia
La Sala de Decisión señaló que, conforme a la jurisprudencia del Consejo de Estado,...
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