Tribunal Administrativo de Boyacá confirma carácter salarial de la bonificación judicial y ordena su inclusión en prestaciones sociales
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:51:12
Contexto y antecedentes del proceso
La providencia judicial fue proferida por la Sala de Decisión Tercera del Tribunal Administrativo de Boyacá, en segunda instancia, tras un recurso de apelación presentado por la entidad demandada contra una sentencia inicial del Juzgado Administrativo Transitorio de Tunja. La acción de nulidad y restablecimiento del derecho fue interpuesta por una servidora judicial contra la Nación – Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, en relación con la exclusión de la bonificación judicial como factor salarial para efectos de liquidación de prestaciones sociales.
La demandante solicitó la inaplicación del artículo 1º del Decreto 383 de 2013 en la parte que limita la bonificación judicial como factor salarial únicamente para cotizaciones a pensiones y salud, pidiendo su reconocimiento integral como salario para todos los efectos legales, así como la reliquidación y pago retroactivo de prestaciones sociales. Alegó que la negativa de la entidad demandada vulneraba múltiples disposiciones constitucionales y legales, incluyendo los artículos 25 y 53 de la Constitución Política, el Código Sustantivo del Trabajo y la Ley 4ª de 1992, entre otros.
Por su parte, la entidad demandada argumentó que el Gobierno Nacional tiene la competencia exclusiva para fijar el régimen salarial y que la bonificación judicial fue regulada sin carácter salarial para efectos de prestaciones sociales, gozando las normas aplicadas de presunción de legalidad y constitucionalidad. También invocó la prescripción de las pretensiones y la imposibilidad material y presupuestal para reconocerlas.
Fundamentos y consideraciones jurídicas de la Sala
El Tribunal revisó el concepto de salario conforme a la legislación laboral colombiana y la jurisprudencia constitucional y administrativa, destacando...
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