Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sala de Decisión No. 5 del Tribunal Administrativo de Boyacá, en segunda instancia, sobre recursos de apelación contra la sentencia proferida por el Juzgado Noveno Administrativo Oral de Tunja el 25 de abril de 2023. El proceso corresponde a un medio de control de reparación directa instaurado contra el Departamento de Boyacá y otras entidades, tras un accidente de tránsito ocurrido el 17 de diciembre de 2018 en una vía departamental que comunica los municipios de Chiscas y El Espino.
Antecedentes fácticos y procesales
El accidente involucró a un vehículo particular que, conducido por una mujer, se salió de la vía y rodó por un abismo, causando la muerte de dos mujeres, lesiones graves a una pasajera y daños psicológicos a una menor de edad que también viajaba en el vehículo. La demanda fue presentada por familiares de las víctimas, solicitando se declare la responsabilidad administrativa y extracontractual del Departamento de Boyacá y otras entidades por la omisión en el mantenimiento y señalización vial, incluyendo la falta de barreras metálicas de contención.
El juzgado de primera instancia declaró parcialmente procedentes las pretensiones, reconociendo la responsabilidad administrativa del Departamento de Boyacá por la omisión en la instalación de la defensa metálica y señalización adecuada, factores que influyeron en la gravedad del accidente. Sin embargo, se redujo en un 50% la condena por haberse identificado la concurrencia de un evento extraño, consistente en una maniobra evasiva de la conductora motivada por un estímulo imprevisto, que contribuyó a la pérdida de control del vehículo.
Consideraciones principales de la sentencia de segunda instancia
El Tribunal Administrativo de Boyacá confirmó la sentencia de primera instancia, basando su decisión en los siguientes puntos clave:
- Daño antijurídico: Se acreditó fehacientemente la muerte de dos víctimas, las lesiones personales graves a una pasajera y el daño psicológico a una menor, así como la pérdida total del vehículo involucrado.
- Imputación de responsabilidad: Se determinó que el Departamento de Boyacá tenía la obligación legal de mantener en condiciones seguras la vía donde ocurrió el accidente, incluyendo la instalación de barreras de contención y señalización adecuada conforme al Manual de Señalización Vial adoptado en 2015 por el Ministerio de Transporte.
- Omisión en el deber: Se comprobó la falta de barreras metálicas y señalización en el sector accidentado, elementos que habrían mitigado la gravedad del siniestro, especialmente dado que la velocidad del vehículo no excedía los 30 km/h.
- Concurrencia de causas: Se reconoció un evento externo o extraño (posiblemente el paso de una motocicleta) que provocó la maniobra evasiva y frenado brusco, lo que, junto con la falta de dispositivos de seguridad, causó la salida del vehículo de la vía. Esta concurrencia justificó la reducción del 50% en la condena.
- Rechazo de argumentos de la aseguradora: La aseguradora llamada en garantía no logró demostrar que la causa del accidente fuera exclusivamente culpa de la víctima o fallas en el vehículo, ni que la póliza estuviera prescrita o que no aplicara a la responsabilidad extracontractual del Departamento.
- Indemnizaciones y niveles de afectación: Se confirmó la indemnización a familiares y víctimas conforme a los niveles de cercanía afectiva y la gravedad del daño, incluyendo perjuicios materiales, morales y a la salud psicológica.
- Costas procesales: La Sala confirmó la abstención de condena en costas en esta instancia, en atención a que la demanda prosperó parcialmente y no se demostraron costas causadas en esta fase procesal.
Conclusión de la providencia
El Tribunal Administrativo de Boyacá ratificó la responsabilidad del Departamento de Boyacá por falla del servicio, derivada de la omisión en la instalación de elementos de seguridad vial que habrían reducido la gravedad del accidente fatal ocurrido en 2018. La decisión confirma la condena impuesta en primera instancia, incluyendo las indemnizaciones reconocidas y la reducción del 50% por concurrencia de causas. Asimismo, se mantuvo la exclusión de condena en costas en esta segunda instancia.
Esta providencia resalta la importancia de la adecuada señalización y protección en vías públicas, así como la responsabilidad de las entidades territoriales en garantizar condiciones seguras para los usuarios. Con esta decisión, el Tribunal envía un mensaje claro sobre la necesidad de implementar medidas preventivas efectivas para evitar tragedias similares en el futuro, promoviendo así la seguridad vial y el respeto por la vida.