Tribunal Administrativo de Boyacá confirma nulidad de acto que excluía bonificación judicial como salario pleno
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:53:11
Providencia de segunda instancia en materia laboral para servidores judiciales
El Tribunal Administrativo de Boyacá, en su Sala de Decisión Tercera, emitió una sentencia el 25 de marzo de 2026, confirmando la decisión de primera instancia proferida por el Juzgado Administrativo Transitorio de Tunja el 31 de julio de 2025. La providencia resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que accedió parcialmente a las pretensiones de una servidora pública de la Rama Judicial, en materia de reconocimiento salarial y prestaciones sociales relacionadas con la bonificación judicial.
Antecedentes del caso
La demandante, vinculada a la Rama Judicial desde diciembre de 2022, solicitó que se declarara la nulidad de una resolución que negó su petición de reconocer la bonificación judicial como factor salarial y prestacional para todos los efectos legales, incluyendo la base para cotizaciones y prestaciones sociales. Argumentó que la exclusión contenida en el artículo 1° del Decreto 383 de 2013 y en normas posteriores vulneraba derechos fundamentales y principios constitucionales como la igualdad, la irrenunciabilidad de garantías laborales y la primacía de la realidad sobre las formalidades.
La entidad demandada guardó silencio frente a la demanda, limitándose a defender la legalidad del decreto que definía la bonificación judicial como factor salarial únicamente para efectos de cotización a salud y pensiones, y alegando imposibilidad material y presupuestal para reconocer las pretensiones.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la sentencia
El Tribunal recordó que el artículo 150 de la Constitución Política confiere al Congreso la facultad de fijar el régimen salarial y prestacional de los empleados públicos, pero dicha potestad está limitada por los derechos laborales consagrados...
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