Tribunal Administrativo de Boyacá se pronuncia sobre prima especial de servicios en Fiscalía General de la Nación
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:52:42
Contexto y antecedentes del caso
La Sala de Decisión 1 del Tribunal Administrativo de Boyacá conoció el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía General de la Nación contra la sentencia del Juzgado Administrativo Transitorio de Tunja, proferida el 5 de octubre de 2022. En primera instancia, se accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda presentada por un fiscal contra la entidad demandada, en la cual se solicitaba el reconocimiento y pago de la prima especial de servicios del 30%, prevista en el artículo 14 de la Ley 4ª de 1992.
El demandante ejerció funciones como fiscal desde 1999 y alegó que durante toda su relación laboral no se le reconoció ni pagó dicha prima. Tras una reclamación administrativa desestimada por la Fiscalía, se interpuso demanda de nulidad y restablecimiento del derecho para que se declarara la nulidad del acto administrativo que negó el reconocimiento, y se ordenara el pago retroactivo y futuro de la prima, junto con la indexación y reliquidación de prestaciones sociales.
Consideraciones jurídicas y análisis del Tribunal
El Tribunal revisó los antecedentes normativos y jurisprudenciales relacionados con la prima especial de servicios y su aplicación a los funcionarios de la Fiscalía General de la Nación. Destacó que esta prima, establecida en la Ley 4ª de 1992, debe reconocerse como un incremento del salario básico, sin carácter salarial para otros efectos, y que la entidad demandada no descontó indebidamente el 30% del salario desde 2003, dado que las disposiciones reglamentarias que regulaban esta prima fueron declaradas nulas y dejaron de emitirse desde ese año.
El Tribunal aclaró que, pese a que...
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