Tribunal Administrativo de Boyacá confirma negativa de sanción moratoria por pago oportuno de cesantías en apelación
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:52:47
Providencia y tribunal
El Tribunal Administrativo de Boyacá, en la Sala de Decisión No. 6, con ponencia de magistrada, conoció y resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado 12 Administrativo de Tunja, que negó las pretensiones de una demanda por nulidad y restablecimiento del derecho relacionada con la sanción moratoria por mora en el pago de cesantías. La providencia fue dictada en abril de 2026.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante, un docente afiliado al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), solicitó inicialmente el reconocimiento y pago de sus cesantías en julio de 2022. La Secretaría de Educación del Departamento de Boyacá reconoció la solicitud mediante acto administrativo expedido en septiembre de 2022, con notificación posterior. El pago fue realizado por la Fiduciaria administradora de los recursos del FOMAG en octubre del mismo año.
Posteriormente, el docente reclamó el reconocimiento y pago de la sanción moratoria prevista en la ley debido a la demora en la expedición del acto administrativo de reconocimiento, alegando que el plazo legal de 15 días para emitir dicho acto fue incumplido. Dicha sanción corresponde a un día de salario por cada día de retardo en el pago de las cesantías.
En primera instancia, el juzgado reconoció la existencia del acto administrativo ficto negativo por silencio administrativo frente a la solicitud de sanción moratoria; sin embargo, negó la demanda porque constató que el pago se efectuó dentro de los términos legales, por lo cual no se configuró mora en el pago.
Las entidades demandadas —Ministerio de Educación-FOMAG, Fiduprevisora S.A. y Secretaría de Educación de Boyacá— argumentaron...
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