Tribunal Administrativo de Boyacá confirma sanción moratoria por pago extemporáneo de cesantías a docente oficial
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:53:9
Providencia judicial y contexto procesal
La providencia analizada corresponde a una sentencia de segunda instancia emitida por la Sala de Decisión 1 del Tribunal Administrativo de Boyacá el 15 de abril de 2026. Esta resolución confirma la decisión adoptada por el Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Tunja el 30 de septiembre de 2025, que accedió parcialmente a la demanda interpuesta por una docente oficial contra la Nación – Ministerio de Educación – Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), la Fiduprevisora S.A. y el Departamento de Boyacá – Secretaría de Educación.
La demanda fue instaurada mediante medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, con el objeto de declarar la nulidad del acto administrativo fictamente negativo derivado de la falta de respuesta a la solicitud presentada por la docente para el pago de la sanción moratoria por el pago extemporáneo de sus cesantías parciales.
Antecedentes fácticos y procesales
La docente solicitó el reconocimiento y pago de cesantías parciales en marzo de 2022. El Departamento de Boyacá reconoció dicha prestación mediante resolución fechada en mayo de 2022, superando el término legal de 15 días para expedir el acto administrativo. Posteriormente, el pago fue efectuado por FOMAG y Fiduprevisora S.A., pero fuera del plazo de 45 días hábiles contados desde la ejecutoria del acto administrativo, concretándose el pago en agosto de 2022.
En febrero de 2023, la docente solicitó el pago de la sanción moratoria derivada del retraso en el pago de cesantías, petición que fue negada tácitamente. En primera instancia, el juzgado declaró la nulidad del acto fictamente negativo y condenó al Departamento...
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