Tribunal Administrativo de Boyacá confirma nulidad parcial del Decreto 383 de 2013 sobre bonificación judicial
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:51:58
Providencia y tribunal competente
La decisión corresponde a un auto proferido el 14 de abril de 2026 por la Sala de Decisión No. 6 del Tribunal Administrativo de Boyacá, en segunda instancia, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La Sala conoció el recurso de apelación interpuesto por la entidad demandada contra la sentencia parcial favorable emitida en primera instancia por el Juzgado Administrativo Transitorio de Tunja el 29 de noviembre de 2022.
Antecedentes fácticos y procesales
La demandante, una servidora pública vinculada a la Rama Judicial desde 2007, solicitó mediante el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho la declaración de nulidad del Oficio No. DESAJTUO18-1270 de mayo de 2018, a través del cual se denegó la reliquidación de sus prestaciones sociales y cesantías causadas entre 2013 y 2017, incluyendo la bonificación judicial como factor salarial. Además, pidió que se declarara la existencia y nulidad del acto administrativo ficto negativo generado por el silencio administrativo ante la falta de resolución del recurso de apelación interpuesto contra dicha denegatoria.
El fundamento de la demanda radicó en que el Decreto 383 de 2013 creó una bonificación judicial para servidores de la Rama Judicial, estableciendo que esta bonificación "constituirá únicamente factor salarial para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud". La demandante argumentó que esta limitación desconoce el concepto legal y jurisprudencial de salario, vulnerando principios constitucionales como la progresividad y la irrenunciabilidad de derechos laborales.
En primera instancia, el Juzgado Administrativo Transitorio de Tunja declaró la nulidad parcial del decreto en...
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