Tribunal Administrativo de Boyacá confirma carácter salarial de la bonificación judicial para efectos laborales
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:52:15
Contexto y competencia de la decisión
La Sala de Decisión No. 5 del Tribunal Administrativo de Boyacá conoció en segunda instancia el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Tunja. La providencia fue proferida en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por un servidor de la Rama Judicial, quien solicitó el reconocimiento integral de la bonificación judicial como factor salarial.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante, servidor público de la Rama Judicial vinculado bajo el régimen salarial previsto en los Decretos 57 y 110 de 1993 y normas conexas, recibió la bonificación judicial establecida en el Decreto 383 de 2013 de forma habitual y periódica desde su vigencia. Sin embargo, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial negó el reconocimiento de dicha bonificación como factor salarial para la liquidación de prestaciones sociales, limitándola únicamente para efectos de las cotizaciones al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Ante esta negativa, el demandante interpuso recurso administrativo de apelación, el cual no fue resuelto, configurándose un acto administrativo ficto negativo. Posteriormente, se presentó demanda ante la jurisdicción administrativa, la cual en primera instancia accedió parcialmente a las pretensiones, declarando la nulidad del oficio que negó el reconocimiento, la inconstitucionalidad de la restricción legal y ordenando la reliquidación de prestaciones sociales, salvo el auxilio de cesantías.
Consideraciones de la Sala y fundamentos jurídicos
El Tribunal analizó la naturaleza jurídica de la bonificación judicial y su inclusión como factor salarial. Se destacó que, conforme al artículo 127 del Código...
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