Tribunal Administrativo de Boyacá confirma reconocimiento de prima especial y aportes pensionales en caso contra Fiscalía General de la Nación
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:52:13
Contexto y antecedentes del caso
La providencia judicial corresponde a la Sala de Decisión No. 5 del Tribunal Administrativo de Boyacá, que resolvió en segunda instancia un recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Tunja. La demanda fue presentada a través del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, impugnando un acto administrativo de la Fiscalía General de la Nación que negó el reconocimiento de la prima especial de servicios y la reliquidación de prestaciones sociales con base en esta prima.
La parte demandante, funcionaria de la Fiscalía General de la Nación desde 1998, solicitó el reconocimiento del 30% descontado ilegalmente de su salario, la reliquidación de prestaciones sociales incluyendo la prima especial, la sanción moratoria, la indexación conforme al IPC y el pago de intereses moratorios.
El Juzgado Administrativo Transitorio de Tunja declaró la nulidad del acto administrativo y ordenó a la Fiscalía pagar la prima especial y consignar las diferencias en aportes pensionales sobre el 100% del salario más el 30% correspondiente a la prima especial, desde la fecha de reclamación administrativa, además de ordenar la indexación y negar otras pretensiones.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
El Tribunal Administrativo de Boyacá analizó la naturaleza jurídica de la prima especial de servicios, cuyo establecimiento corresponde al Gobierno Nacional conforme al artículo 150 numeral 19 literal e) de la Constitución Política. La Ley 4 de 1992 y la Ley 476 de 1998 regulan esta prima para ciertos funcionarios públicos, incluyendo a fiscales que se acogieron al régimen salarial...
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