Alcance territorial y técnico de la Resolución CRA 1005 de 2024
La Resolución CRA 1005 de 2024 establece medidas regulatorias para promover el uso racional y eficiente del agua en contextos de escasez ocasionados por fenómenos naturales o variabilidad climática. Su ámbito de aplicación comprende a las personas prestadoras del servicio público domiciliario de acueducto en municipios y distritos donde alguna de sus fuentes de abastecimiento presente disminuciones en los niveles de precipitación.
A diferencia de la Resolución CRA 887 de 2019, que aplicaba los desincentivos al consumo a usuarios abastecidos por circuitos hidráulicos afectados, la nueva resolución define el municipio o distrito como referencia territorial para la activación de las medidas. Esto permite un seguimiento más específico y cercano a las condiciones locales del recurso hídrico.
Consideraciones para sistemas multifuente
En sistemas multifuente, donde un área de prestación del servicio puede ser atendida por múltiples fuentes que alimentan circuitos hidráulicos independientes, es posible que sectores dentro del mismo municipio presenten condiciones diferenciadas de disponibilidad hídrica. En estos casos, la implementación de las medidas puede orientarse de forma diferenciada por circuito o subsistema, siempre que sea técnicamente viable y coherente con la disponibilidad efectiva del recurso.
Cabe destacar que las excepciones a la aplicación del desincentivo al consumo han cambiado. Mientras la normativa anterior evaluaba estas excepciones con base en condiciones puntuales de la fuente, la Resolución CRA 1005 de 2024 adopta un enfoque integral que considera indicadores de vulnerabilidad y riesgo hídrico, así como la capacidad de embalses para atender la demanda hasta el próximo periodo de lluvias proyectado.
Conclusiones y recomendaciones
La Comisión recomienda que los prestadores realicen una evaluación integral de las fuentes de abastecimiento y las condiciones técnicas de sus sistemas. La aplicación de las medidas debe reflejar las condiciones reales de operación y disponibilidad del agua en cada subsistema o sector atendido. Además, se deben respetar las exclusiones previstas para usuarios con condiciones especiales, como hogares comunitarios, instituciones educativas y de salud.
Finalmente, se recuerda que los conceptos emitidos por la Comisión tienen carácter orientativo y no vinculante. Para información adicional y asesoría en materia tarifaria, la Comisión pone a disposición sus canales de atención.
Este pronunciamiento aporta claridad sobre la gestión del recurso hídrico en escenarios complejos, facilitando a los prestadores la implementación adecuada de la regulación vigente y contribuyendo a la sostenibilidad del servicio público de acueducto en condiciones de variabilidad climática y escasez.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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