Contexto normativo y marco tarifario
El análisis se enmarca en la regulación tarifaria establecida para los servicios públicos de aseo en municipios con más de 5.000 suscriptores en áreas urbanas. La Resolución CRA 720 de 2015, compilada en la CRA 943 de 2021, define la metodología para calcular las tarifas, incluyendo la remuneración del Valor Base de Aprovechamiento (VBA) y el incremento del 30% del CCS.
La facturación integral del servicio de aseo debe incluir la actividad de aprovechamiento, sin exigir trámites adicionales. Para la remuneración del CCS, es indispensable que el prestador cargue en el Sistema Único de Información (SUI) las toneladas efectivamente aprovechadas, respaldadas con facturas válidas y que esté registrado en el Registro Único de Prestadores (RUPS).
Requisitos para el reconocimiento tarifario del CCS
Según la Circular Conjunta 01 de 2017, el incremento del 30% del CCS se activa únicamente cuando se haya incurrido efectivamente en el costo de comercialización, es decir, a partir del periodo en que se certifiquen toneladas aprovechadas en el SUI y se pueda facturar la actividad. Si un prestador no reporta toneladas en un periodo, no tendrá derecho a recibir recursos por ese periodo, aunque sí podrá acceder a pagos retroactivos si cumple con los requisitos y la información es reportada posteriormente.
Cálculo del promedio de toneladas aprovechadas y tratamiento de prestadores con interrupciones
La Resolución CRA 943 de 2021 establece que la remuneración se calcula con base en el promedio mensual de toneladas aprovechadas durante el semestre inmediatamente anterior. Para prestadores que inician actividades después de la entrada en vigencia de la fórmula tarifaria, se permite utilizar periodos inferiores hasta acumular la información necesaria.
En casos donde un prestador interrumpe sus reportes por un periodo prolongado y posteriormente vuelve a reportar toneladas, la norma permite estimar el promedio de toneladas aprovechadas con la información disponible, sin que ello implique la pérdida del derecho al reconocimiento tarifario. Este criterio se fundamenta en el principio de interpretación jurídica de que la norma no establece distinciones en el inicio de actividades, por lo que debe aplicarse de forma amplia.
Conclusión
La CRA confirma que la ausencia temporal de reportes no excluye el derecho del prestador de aprovechamiento a recibir el pago tarifario correspondiente al CCS, siempre que cumpla con los requisitos normativos, esté registrado en el RUPS y reporte oportunamente las toneladas aprovechadas en el SUI. El cálculo del promedio para la liquidación se ajustará con la información disponible, garantizando así la remuneración justa y acorde con la regulación vigente.
Para consultas adicionales, la CRA pone a disposición canales de atención especializados para brindar asesoría en materia tarifaria, contribuyendo a la transparencia y correcta aplicación del marco regulatorio. De esta manera, se busca fortalecer la prestación eficiente y sostenible del servicio público de aseo en los municipios regulados.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
Ver planes disponibles