Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Confirmación de plazo para legalización de mercancías no presentadas sin pago de rescate en aduanas

Proviene de: Oficios

21 de mayo de 2026 0:53:38

Plazo y procedimiento para la legalización sin pago de rescate

El despacho encargado de resolver peticiones de reconsideración en materia aduanera confirmó la interpretación del artículo 293 del Decreto 1165 de 2019, modificado por el Decreto 360 de 2021, en relación con la legalización de mercancías no presentadas. Según esta disposición, el importador dispone de un plazo de treinta días calendario, contados a partir del día siguiente al levante de la mercancía, para presentar de manera voluntaria la declaración de legalización sin pago de rescate cuando se detecten sobrantes, excesos, mercancías diferentes o en cantidades superiores a las declaradas. Esta declaración debe estar acompañada de la documentación que respalde la operación comercial.

Implicaciones para los usuarios aduaneros

El término señalado es improrrogable y su incumplimiento implica que la mercancía quedará sujeta a aprehensión y decomiso, sin posibilidad de legalización posterior. Esto aplica siempre que no se haya iniciado la aprehensión dentro del plazo, ya que en ese caso la situación se regula por otras causales legales. La medida busca equilibrar la oportunidad para corregir irregularidades con la necesidad de mantener la seguridad y control en el comercio internacional.

Conclusión y acceso a normativa

En consecuencia, se mantiene la posición adoptada en el oficio previo, que rechaza la presentación de declaración de legalización sin pago de rescate fuera del plazo establecido. Esta interpretación se ajusta a la normatividad vigente en materia aduanera y tributaria. Los usuarios interesados pueden consultar la normativa, jurisprudencia y doctrina en el normograma DIAN, disponible en https://normograma.dian.gov.co/dian/. De esta manera, se garantiza claridad y seguridad jurídica para los importadores y demás actores del comercio exterior, reafirmando el compromiso de la autoridad aduanera con el cumplimiento de la ley y la eficiencia en los procesos de control.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho tributario

No se encontraron sugerencias