Entidad emisora y marco normativo
La Resolución 40233 fue emitida por el Ministerio de Minas y Energía el 15 de mayo de 2026, y publicada en el Diario Oficial No. 53.495 el 19 de mayo de 2026. Se basa en la facultad legal conferida por el artículo 2.2.8.1.9 del Título VIII del Decreto Único Reglamentario 1073 de 2015, modificado por el Decreto 0375 de 7 de abril de 2026. Asimismo, la creación y regulación del Fondo Único de Soluciones Energéticas (Fonenergía) se fundamenta en el artículo 247 de la Ley 2294 de 2023, que a su vez modifica el artículo 41 de la Ley 2099 de 2021.
Objeto y destinatarios de la resolución
El tema principal de esta resolución es la adopción del Manual Operativo del Fonenergía, documento que establece las condiciones de entrada en operación y el funcionamiento de este fondo. El destinatario principal es el propio Ministerio de Minas y Energía, encargado de administrar el fondo, así como las entidades y agentes del sector energético que podrán beneficiarse o interactuar con Fonenergía para la ejecución de proyectos y programas energéticos. Este público es relevante porque el fondo busca promover soluciones energéticas que impacten positivamente en la política pública y el desarrollo sostenible del sector.
Objetivo y finalidad
El objetivo de la resolución es formalizar y reglamentar el funcionamiento del Fondo Único de Soluciones Energéticas mediante la adopción de un manual operativo que articule los procesos administrativos y financieros inherentes a su gestión. Esto permitirá dar continuidad a los planes, programas y proyectos objeto del fondo, garantizando transparencia, eficiencia y control en su operación.
Contenido y decisiones principales
Entre las decisiones más relevantes de la resolución se destaca la adopción oficial del Manual Operativo de Fonenergía, que será integrado al Sistema Integrado de Gestión del Ministerio. Este manual incluye los lineamientos para el control documental y establece las condiciones para la puesta en marcha del fondo. Además, la resolución dispone que el manual entrará en vigor a partir de la fecha en que se determine la entrada en operación formal del fondo.
Base legal y procedimiento participativo
La resolución se sustenta en normas constitucionales y legales que otorgan facultades reglamentarias al Ministerio y al Presidente de la República, como el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política y el Decreto 0375 de 2026. Asimismo, se siguió un procedimiento de participación pública conforme al artículo 8° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, mediante la publicación del proyecto de manual en la página web del Ministerio para recibir observaciones, las cuales fueron analizadas e incorporadas cuando fue pertinente.
Modificaciones y vigencia
La Resolución 40233 no revoca expresamente resoluciones previas, sino que actualiza y complementa el marco normativo existente para Fonenergía con la adopción del manual operativo. La norma rige desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial y establece que el manual comenzará a aplicarse una vez se defina la entrada en operación del fondo.
Impacto potencial
La adopción del Manual Operativo del Fonenergía representa un paso significativo para la estructuración y funcionamiento efectivo del fondo, lo que puede favorecer la ejecución ordenada de proyectos energéticos en Colombia. Al establecer mecanismos claros para la administración y control, la resolución contribuye a fortalecer la gestión pública y a promover soluciones energéticas sostenibles en el país. Esta medida también incentiva la participación de diversos actores del sector, facilitando alianzas estratégicas y el acceso a recursos para iniciativas que impulsen la transición energética y la innovación en energías renovables.
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