MinSalud reglamenta el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud como soporte de la Factura Electrónica de Venta
Proviene de: Resoluciones
21 de mayo de 2026 3:34:21
Entidades emisoras y contexto normativo
La Resolución 000948, emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social el 14 de mayo de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.495 el 19 de mayo de 2026, deroga las Resoluciones 2275 de 2023, 558 y 1884 de 2024. Su base legal principal se encuentra en los artículos 173, numeral 3 de la Ley 100 de 1993 y 15 de la Ley 1966 de 2019. Esta normativa responde al mandato legal que establece la obligatoriedad de emitir factura electrónica para los servicios y tecnologías en salud, con presentación ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Objeto y destinatarios de la resolución
El principal objetivo de la resolución es reglamentar el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS) como soporte obligatorio de la Factura Electrónica de Venta (FEV) en el sector salud, estableciendo los documentos técnicos y reglas de validación aplicables. Está dirigida a un amplio grupo de actores: prestadores de servicios de salud (incluyendo instituciones, profesionales independientes y transporte asistencial), proveedores de tecnologías en salud, fabricantes, importadores y titulares de registro sanitario que realicen ventas masivas, Entidades Responsables de Pago (ERP) como Entidades Promotoras de Salud (EPS), Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), entidades territoriales, aseguradoras del SOAT y planes voluntarios, así como a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES).
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