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Superintendencia de Transporte actualiza lineamientos para Programas de Transparencia y Ética Empresarial en el sector transporte

Proviene de: Resoluciones

21 de mayo de 2026 0:53:40

Entidad emisora, número y fecha de la resolución

La Resolución 7038 fue expedida por la Superintendencia de Transporte el 15 de mayo de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.495 el 19 de mayo de 2026. Esta norma modifica el Capítulo 10 del Título V de la Circular Única de Infraestructura y Transporte, que regula aspectos fundamentales para la transparencia y ética empresarial en el sector.

Tema principal y destinatarios

El tema central de esta resolución es la actualización y ajuste de los lineamientos que deben seguir las personas jurídicas sujetas a vigilancia, inspección y control por parte de la Superintendencia de Transporte en la implementación del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE). Los destinatarios principales son las empresas que prestan servicios públicos de transporte, puertos, concesiones e infraestructura conexa, dado que estas entidades tienen un impacto directo en la integridad y transparencia del sector transporte en Colombia.

Objetivo de la resolución

El propósito de la resolución es fortalecer la prevención y detección de actos de corrupción y soborno transnacional en las organizaciones del sector. Para ello, se amplía el periodo de transición para la implementación del PTEE, se adicionan definiciones clave, se establecen requisitos claros para los responsables del cumplimiento del programa y se ajustan las obligaciones de reporte de actos ilícitos, buscando una mayor efectividad en la supervisión y control.

Principales modificaciones y regulaciones

Entre las decisiones centrales de la resolución se encuentran:
  • Ampliación del periodo de transición: Se otorga más tiempo a las empresas para evaluar riesgos de corrupción y soborno, con una fecha límite para la implementación total del PTEE fijada al 18 de agosto de 2026.
  • Incorporación de nuevas definiciones: Se incluyen conceptos como “Ingresos totales”, “Responsable de cumplimiento del PTEE” y “Unidad de Valor Básico (UVB)”, facilitando la comprensión y aplicación del programa.
  • Designación de responsables: Se establecen requisitos mínimos para designar al oficial o responsable de cumplimiento del PTEE, incluyendo criterios de formación, independencia y jerarquía dentro de la organización. Para microempresas con ingresos inferiores a cierto umbral, se permite nombrar un responsable de cumplimiento con funciones similares al oficial.
  • Transparencia en la gestión empresarial: Se detallan las obligaciones de las empresas para divulgar información básica y de interés público, como su misión, estructura, canales de contacto, políticas anticorrupción, código de ética y gobierno corporativo, respetando siempre la reserva legal de la información.
  • Obligaciones de reporte: Se amplía la obligación de reportar actos de corrupción y soborno transnacional no solo a la Secretaría de Transparencia y a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), sino también a la Superintendencia de Sociedades, con canales específicos para la denuncia.
  • Modificaciones técnicas: Se ajustan artículos que regulan la figura del oficial y responsable de cumplimiento, el régimen de medidas simplificadas para microempresas y se suprime la divulgación de ciertos datos que podrían estar sujetos a reserva.

Base legal y normativa relacionada

La resolución se fundamenta en el Decreto 2409 de 2018, que establece las funciones de la Superintendencia de Transporte, y en la Ley 1474 de 2011, especialmente en su artículo 34-7, modificado por la Ley 2195 de 2022, que obliga a las entidades vigiladas a adoptar programas de transparencia y ética empresarial. También toma en cuenta la Ley 1778 de 2016 en materia de soborno transnacional.

Modificaciones a normas previas

Esta norma modifica la Resolución 14673 de 2025, que inicialmente adicionó el Capítulo 10 del Título V de la Circular Única. Los ajustes realizados no afectan el sentido general del programa, sino que buscan aclarar y optimizar su aplicación práctica.

Plazos y vigencia

El plazo para la implementación del PTEE se extiende hasta el 18 de agosto de 2026, permitiendo a las empresas realizar una evaluación más detallada de sus riesgos. La resolución entra en vigor desde su publicación en el Diario Oficial.

Impacto potencial

Con estas modificaciones, la Superintendencia de Transporte busca robustecer los mecanismos de control y prevención de corrupción en el sector transporte, alineándose con estándares internacionales y promoviendo una cultura organizacional basada en la ética y la transparencia. La ampliación de plazos y clarificación de responsabilidades facilitarán una adopción más efectiva del PTEE, beneficiando a usuarios, autoridades y a la sociedad en general. En conclusión, esta actualización normativa representa un paso importante para fortalecer la integridad en el sector transporte en Colombia, contribuyendo a la construcción de un entorno empresarial más transparente y ético, y promoviendo la confianza pública en las entidades que prestan servicios en esta área estratégica.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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