Tribunal Administrativo del Meta vincula a entidades territoriales en proceso sobre reubicación de Unidad de Reacción Inmediata en Villavicencio
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 0:51:56
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo del Meta, en segunda instancia, profirió un auto el 19 de marzo de 2026, en el marco de un proceso de protección de derechos e intereses colectivos. La providencia ordena la vinculación de dos entidades territoriales al proceso, ampliando la parte demandada en una acción inicialmente dirigida contra la Fiscalía General de la Nación.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó por la solicitud de reubicación de la Unidad de Reacción Inmediata (URI) ubicada en el barrio Siete de Agosto de Villavicencio, debido a que su cercanía con la sede educativa local del Colegio Francisco Arango genera un riesgo para la comunidad educativa. En dicha unidad se encuentran personas privadas de la libertad bajo medida de detención preventiva.
Durante la inspección judicial realizada el 12 de diciembre de 2025, se incorporaron pruebas documentales y se tomó testimonio para esclarecer la situación. El análisis probatorio permitió identificar que, aunque la Fiscalía es responsable directa de la URI, las entidades territoriales tienen competencia en aspectos fundamentales de la administración y sostenimiento de este tipo de centros.
Consideraciones jurídicas del Tribunal
El Tribunal fundamenta su decisión en el artículo 17 de la Ley 65 de 1993 y el artículo 21 de la Ley 1709 de 2014, que atribuyen a las entidades territoriales la creación, organización, administración, sostenimiento y vigilancia de los centros destinados a personas en detención preventiva.
Además, la jurisprudencia constitucional, en especial la Sentencia T-437 de 2024 y la Sentencia SU-122 de 2022 de la Corte Constitucional, reafirma que dichas entidades tienen la obligación de garantizar la infraestructura,...
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