Contexto y competencia del tribunal
El Tribunal Administrativo del Meta, competente para conocer los procesos de pérdida de investidura de concejales en primera instancia, fue el encargado de resolver el recurso de reposición interpuesto contra el auto admisorio de la demanda. El proceso se sigue contra una concejal del municipio de Puerto Rico (Meta), conforme a lo previsto en el artículo 152 numeral 13 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 48 parágrafo 2 de la Ley 617 de 2000.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda de pérdida de investidura fue presentada por una concejal del mismo municipio, quien utilizó un canal electrónico para la radicación y notificación de la demanda. La parte demandada, a través de su apoderado, interpuso recurso de reposición alegando incumplimiento de requisitos formales en cuanto a la notificación personal y remisión de copias electrónicas de la demanda y sus anexos, solicitando en consecuencia la reposición del auto admisorio y el rechazo de la demanda.
El Tribunal corrió traslado a la parte demandante y al Ministerio Público, quien manifestó que, en aras de la eficacia, eficiencia y celeridad que deben guiar estos procesos electorales de interés público, lo procedente era confirmar la admisión de la demanda y continuar con el trámite judicial.
Consideraciones jurídicas relevantes
El auto del Tribunal analizó la procedencia del recurso de reposición y los argumentos planteados:
- Canal de notificación electrónica: Se constató que la demandante consignó en el escrito de demanda una dirección electrónica para notificaciones, aunque la radicación se realizó a través de un correo electrónico distinto. Sin embargo, se estableció que la presentación se realizó...