Tribunal Superior de Bogotá modifica efecto de apelación en proceso civil sobre perjuicios materiales
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 0:52:5
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá emitió un auto el 24 de abril de 2026, en el marco de un proceso verbal que se tramita en segunda instancia. La providencia se refiere a la admisión del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia proferida por el Juzgado 42 Civil del Circuito de Bogotá el 26 de noviembre de 2024, que accedió a la demanda y ordenó el pago de perjuicios materiales.
Antecedentes fácticos y procesales
En primera instancia, el Juzgado Civil del Circuito falló a favor de la parte demandante, condenando a la demandada al pago de perjuicios materiales. Contra esta sentencia, la parte condenada interpuso recurso de apelación. Inicialmente, se había concedido el efecto suspensivo a la apelación, pero el Tribunal Superior revisó esta decisión y decidió que el recurso debía surtirse en efecto devolutivo, en atención a lo establecido en los artículos 323 y 325 del Código General del Proceso (CGP).
Consideraciones de la providencia
El Tribunal fundamenta la modificación del efecto de la apelación en que la decisión de primera instancia no encaja dentro de las causales para la impugnación con efecto suspensivo. En particular, el juzgado de primera instancia no motivó el otorgamiento del efecto suspensivo, y la sentencia condenó a pagar perjuicios materiales, lo que, conforme al marco normativo vigente, no justifica dicho efecto.
Asimismo, la providencia aplica lo establecido en el artículo 12, inciso 3º, de la Ley 2213 de 2022, que regula las cargas procesales para la sustentación del recurso y la réplica. Se...
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