Tribunal Superior de Bogotá confirma y revoca autos en diversos procesos laborales y ejecutivos
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 0:51:13
Decisiones sobre excepciones previas y competencia jurisdiccional
En varios procesos ordinarios laborales, la Sala confirmó autos que declararon no probadas excepciones previas de falta de competencia y de trámite improcedente, reiterando la competencia de la jurisdicción ordinaria laboral para conocer conflictos relacionados con contratos de prestación de servicios personales, aún cuando tengan naturaleza civil o comercial. Se destacó que la especialidad laboral abarca el reconocimiento y pago de honorarios y remuneraciones derivadas de servicios personales, conforme a lo previsto en el artículo 2º del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social (CPTSS), modificado por la Ley 712 de 2001.
Se confirmó también la decisión que negó la nulidad por indebida notificación, enfatizando que las formalidades procesales deben garantizar el debido proceso y la defensa, y que la notificación electrónica cumple con dichos requisitos, conforme a la Ley 2213 de 2022 y el Decreto 806 de 2020. Igualmente, se confirmó la negativa a decretar pruebas sobrevinientes cuando no cumplen con la definición legal de hechos probados ocurridos después de la presentación de la demanda.
Sobre la prescripción y acciones de cobro de aportes pensionales
En materia de aportes al sistema de seguridad social, la Sala reiteró la jurisprudencia que distingue entre el derecho pensional, considerado imprescriptible e irrenunciable, y la acción de cobro ejercida por las administradoras de fondos de pensiones, la cual está sujeta a un término de prescripción de cinco años, conforme al artículo 817 del Estatuto Tributario y demás normas aplicables. Se destacó que esta prescripción protege la seguridad jurídica y exige diligencia en la gestión del recaudo, sin afectar...
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