Tribunal Superior de Bogotá decide sobre admisión y viabilidad de recursos extraordinarios en procesos laborales
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 0:51:13
Providencias en segunda instancia sobre recursos laborales
La Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá ha proferido diversos autos y decisiones relacionadas con la admisión y viabilidad de recursos extraordinarios de casación y apelación en procesos ordinarios laborales y ejecutivos.
En primer término, se revisaron múltiples recursos de casación interpuestos por partes demandantes y demandadas en procesos laborales contra entidades como administradoras de fondos de pensiones (Colpensiones, Protección S.A.), empresas privadas y otras entidades públicas y privadas. En cada caso, la Sala evaluó el cumplimiento de los requisitos procesales, principalmente el interés económico para recurrir establecido en el artículo 86 del Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social (CPTSS).
Este interés económico se determina conforme a la cuantía legal vigente, equivalente a 120 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), y se calcula tomando en cuenta el monto de las pretensiones negadas o condenas impuestas que causen agravio económico a la parte recurrente, según la jurisprudencia reiterada de la Corte Suprema de Justicia.
Antecedentes y consideraciones jurídicas
Los procesos laborales en cuestión involucran, entre otros aspectos, demandas por reconocimiento y pago de pensiones (sobrevivientes, invalidez, vejez por actividades de alto riesgo), diferencias salariales, prestaciones sociales (cesantías, primas, vacaciones), indemnizaciones por despido injustificado, intereses moratorios y sanciones laborales.
Las providencias analizan detalladamente las cuantías de las condenas o pretensiones negadas, mediante cálculos actuariales y tablas de liquidación que consideran retroactivos, incrementos porcentuales, número de mesadas y sumas indexadas conforme a la normativa vigente.
En casos donde la suma calculada supera el límite de 120 SMLMV, la Sala concede el recurso de casación para que sea...
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