Tribunal Superior de Bogotá declara nulidad por omisión en valoración de alegatos en proceso laboral
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 0:55:29
Contexto y naturaleza de la providencia
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en su Sala Octava de Decisión Laboral, emitió un auto en segunda instancia que declaró la nulidad de lo actuado desde un auto previo de diciembre de 2025. La providencia responde a un incidente de nulidad impetrado por la parte demandada en un proceso ordinario laboral, por presunta omisión en la valoración de alegatos presentados dentro del término legal para alegar en apelación.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso ordinario laboral se adelantaba entre una sociedad administradora de fondos de pensiones y cesantías y una empresa demandada. En primera instancia, se profirió una providencia que fue apelada. Conforme al artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se otorgó traslado a las partes para presentar alegatos de conclusión por escrito dentro de cinco días hábiles. La parte demandada presentó sus alegatos oportunamente mediante correo electrónico, conforme a las instrucciones del tribunal.
Pese a ello, el auto de segunda instancia proferido el 16 de diciembre de 2025 consignó en el apartado de alegatos que ninguna de las partes los había presentado, omitiendo analizar los argumentos remitidos. En consecuencia, la parte demandada solicitó la nulidad de dicho auto por violación al debido proceso y al derecho de defensa.
Consideraciones jurídicas de la Sala
La Sala examinó la procedencia de la nulidad conforme a los parámetros del artículo 133 del Código General del Proceso (CGP), aplicable al proceso laboral según el artículo 145 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social (CPTSS). Se recordó que solo las causales expresamente previstas en estas normas...
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