Tribunal Superior de Bogotá confirma condena por hurto calificado y niega reconocimiento de circunstancia de marginalidad
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 0:55:21
Contexto y competencia del tribunal
La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, en segunda instancia, conoció y resolvió el recurso de apelación interpuesto contra una sentencia condenatoria emitida por un juzgado penal municipal de conocimiento de la capital. La competencia para decidir este recurso se fundamenta en el artículo 34 de la Ley 906 de 2004 y el artículo 179 del Código de Procedimiento Penal, modificado por la Ley 1395 de 2010. Se enfatizó el respeto al principio de prohibición de reformatio in pejus, dado que la apelación fue presentada por la defensa.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se refiere a un hecho ocurrido el 20 de noviembre de 2023, cuando el acusado se apoderó ilícitamente de un espejo retrovisor valorado en tres millones de pesos, propiedad de un vehículo que se encontraba detenido en un semáforo. La captura se realizó en flagrancia, y el bien fue recuperado posteriormente.
La Fiscalía General de la Nación formuló acusación por hurto calificado conforme a los artículos 239 inciso 2° y 240 numeral 1° del Código Penal. Durante el proceso, se llevó a cabo audiencia concentrada y juicio oral, en el cual se presentaron las pruebas y la teoría del caso. La jueza de primera instancia condenó al acusado a 96 meses de prisión y a la misma duración de inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas, negando la suspensión de la ejecución de la sanción y la prisión domiciliaria.
Consideraciones del Tribunal Superior de Bogotá
El tribunal analizó la solicitud de la defensa para reconocer la circunstancia atenuante de marginalidad extrema prevista en el artículo 56...
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