Corte Suprema confirma condena por acceso carnal con incapaz de resistir en caso de abuso sexual en centro educativo de Bogotá
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 15:42:37
Providencia judicial y contexto procesal
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en auto de casación número 34494, emitido el 31 de octubre de 2012, decidió negar el recurso de casación interpuesto por la defensa contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Bogotá, que confirmó la condena impuesta en primera instancia por el Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Bogotá. La sentencia condenatoria imponía una pena privativa de la libertad de 74 meses y la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas por igual tiempo al procesado por el delito de acceso carnal con incapaz de resistir.
Antecedentes fácticos
Los hechos ocurrieron en agosto de 2005 en un centro educativo de Bogotá, donde el propietario y director del instituto accedió sexualmente a una docente que se encontraba en avanzado estado de embriaguez y en incapacidad de resistir. La víctima había participado en una reunión social con compañeros de trabajo y el procesado, en la que se consumieron bebidas alcohólicas y se jugaron juegos de contenido erótico sexual, como el conocido "la verdad o se atreve". Posteriormente, debido a su estado, fue llevada al centro educativo para descansar y fue accedida carnalmente por el procesado mientras dormía.
Consideraciones centrales de la sentencia
La defensa planteó la nulidad de la sentencia por supuestos errores en la valoración de la prueba, argumentando que la víctima había participado voluntariamente en la ingesta de alcohol y en juegos eróticos, lo que, según su postura, configuraría una autopuesta en riesgo o consentimiento tácito. También cuestionó la aplicación del método de retrocálculo para determinar el grado...
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