Corte Suprema confirma negativa de tutela en proceso ejecutivo hipotecario y enfatiza la subsidiariedad de la acción constitucional
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 15:42:36
Contexto y tribunal que resolvió la impugnación
La providencia objeto de análisis fue proferida por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia en segunda instancia, en el marco de un proceso ejecutivo hipotecario tramitado en Bogotá D.C. La decisión corresponde a la confirmación de una sentencia dictada por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que negó la tutela promovida contra el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso ejecutivo hipotecario se inició por el acreedor contra una deudora, a fin de obtener el pago de obligaciones derivadas de un contrato de mutuo. En el trámite, se libró orden de apremio y se decretó el embargo de un inmueble. Tras la muerte de la deudora, la autoridad judicial reconoció a un sucesor procesal en su lugar y remitió la causa para continuar su trámite.
Posteriormente, se llevó a cabo el remate del inmueble, adjudicándose al ejecutante, y se aprobó dicha diligencia. Sin embargo, el sucesor procesal impugnó diversas actuaciones alegando vulneraciones a derechos fundamentales, entre ellos el debido proceso, igualdad, dignidad humana y acceso a la administración de justicia, así como la nulidad de las actuaciones posteriores a la muerte de la deudora.
Durante el proceso, el sucesor procesal actuó inicialmente sin apoderado, lo que generó la abstención de pronunciamientos en algunos recursos por incumplimiento del requisito de representación legal. Posteriormente, presentó poderes a profesionales del derecho, aunque fueron cuestionados por falta de facultades especiales para actuar en el proceso.
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