Tribunal Administrativo de Norte de Santander corrige error formal en admisión de recurso de apelación
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 19:57:32
Contexto y naturaleza de la providencia
La providencia en cuestión es un auto emitido por el Tribunal Administrativo de Norte de Santander, en segunda instancia, el 17 de marzo de 2026. Este auto tiene como objetivo principal dejar sin efecto una decisión anterior del mismo tribunal, relacionada con la admisión del recurso de apelación interpuesto contra una sentencia de primera instancia. La magistrada responsable del despacho judicial fue quien firmó el auto a través del sistema electrónico SAMAI.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó a partir de una demanda cuyo proceso se adelantó ante el Juzgado Catorce Administrativo Oral de Cúcuta. El 12 de diciembre de 2025, dicho juzgado profirió una sentencia que negó las pretensiones de la parte demandante. Posteriormente, el apoderado de esta parte interpuso recurso de apelación para impugnar dicha sentencia.
El 17 de febrero de 2026, el Tribunal Administrativo emitió un auto admitiendo el recurso. Sin embargo, en esta providencia se consignó erróneamente que el recurso había sido presentado por el apoderado de la parte demandada, cuando en realidad correspondía a la parte demandante. Aunque esta equivocación fue considerada un error meramente formal, no afectó la validez del trámite judicial.
El 24 de febrero de 2026, el tribunal emitió nuevamente un auto admitiendo el recurso de apelación, generando una duplicidad en la admisión. Esta situación motivó la emisión del auto del 17 de marzo, que busca corregir esta circunstancia procesal.
Consideraciones jurídicas y decisión
El tribunal fundamentó su decisión en la normatividad vigente, especialmente en el numeral 3° del artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo,...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.