Tribunal Administrativo del Putumayo admite demanda para verificar uso de bien expropiado por utilidad pública
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 19:57:22
Contexto y competencia del tribunal
El Tribunal Administrativo del Putumayo, en Sala Unitaria, emitió un auto el 13 de marzo de 2026, admitiendo la demanda presentada en proceso abreviado para verificar el uso de un bien inmueble expropiado por vía administrativa. La competencia se establece conforme al numeral 5 del artículo 70 de la Ley 388 de 1997, que regula el procedimiento especial para exigir el cumplimiento de la obligación de destinar bienes expropiados a fines de utilidad pública o interés social.
Antecedentes fácticos y procesales
El inmueble objeto del proceso fue expropiado mediante resolución administrativa en noviembre de 2017, en el marco de la declaratoria de calamidad pública y situación de desastre en el municipio de Mocoa, Putumayo. La expropiación fue realizada por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), a través de Fiduprevisora S.A., con el objetivo específico de desarrollar la segunda fase de un proyecto de vivienda urbana.
El acto administrativo fue inscrito en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos en enero de 2018. Transcurrido el término máximo de tres años para destinar el bien a los fines señalados, los antiguos propietarios presentaron la demanda solicitando la verificación del cumplimiento de dicha obligación.
Consideraciones jurídicas y procedimentales
El Tribunal destacó que el procedimiento abreviado previsto en la Ley 388 de 1997 es de carácter sumario y se limita a la práctica de las pruebas solicitadas en la demanda, con un plazo máximo de un mes para la emisión de sentencia inapelable.
Aunque la norma no contempla expresamente un traslado de la demanda ni un espacio para la contradicción, el...
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