Tribunal Contencioso Administrativo de Risaralda niega medida cautelar en acción popular sobre infraestructura afectada por lluvias
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 19:57:50
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Contencioso Administrativo de Risaralda conoció en primera instancia la solicitud de medida cautelar en un proceso de protección de derechos e intereses colectivos promovido por la Personería Municipal del municipio de Mistrató, Risaralda. La acción popular se originó a raíz de las afectaciones causadas por una fuerte lluvia el 25 de enero de 2023 que provocó la pérdida total de 10 puentes peatonales y daños parciales en un puente vial y dos peatonales sobre el río San Juan. Esta situación impactó la seguridad alimentaria y el acceso a servicios de salud de las familias residentes, incluyendo al resguardo indígena Embera Chamí.
El municipio decretó calamidad pública y estableció en su Plan de Acción Emergencial la rehabilitación y reconstrucción de los puentes dañados. Posteriormente, el Fondo Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres (FNGRD), a través de un contrato con un consorcio, inició obras de mitigación cuyo avance físico reportado era del 25,44%, con plazo de finalización previsto para marzo de 2026.
La solicitud y la respuesta de las entidades accionadas
La Personería Municipal solicitó como medida cautelar ordenar a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), al municipio y demás entidades vinculadas, adoptar medidas transitorias de movilidad, como la instalación de puentes modulares o pasos provisionales, mientras se ejecutan las obras definitivas.
La UNGRD se opuso argumentando que la cautelar pretendía anticipar el fallo al replicar la pretensión principal del proceso, y que no se aportaron pruebas suficientes que evidenciaran un daño inminente. Además, señaló que la responsabilidad sobre la infraestructura vial corresponde en...
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