Tribunal Administrativo del Quindío confirma auto que niega terminación de proceso ejecutivo y actualiza liquidación de crédito contra UGPP
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 19:59:12
Contexto y antecedentes del proceso
El Tribunal Administrativo del Quindío, en segunda instancia, conoció y resolvió recurso de apelación contra un auto proferido por el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Armenia. El proceso ejecutivo fue iniciado en diciembre de 2015 por la parte ejecutante contra la UGPP, para ordenar el pago de diferencias en la liquidación de una pensión de jubilación. El juzgado de primera instancia libró mandamiento de pago en contra de la UGPP en 2017 y, posteriormente, se profirió sentencia ordenando continuar con la ejecución.
En 2022, el Tribunal confirmó la sentencia de primera instancia y liquidó el crédito adeudado, integrando capital e intereses moratorios. Posteriormente, el juzgado requirió a las partes la actualización de la liquidación, y la UGPP informó sobre pagos parciales realizados. En mayo de 2023, el juzgado modificó la liquidación reconociendo pagos parciales y continuó el cálculo del crédito hasta abril de 2023, encontrando aún un saldo a favor de la parte ejecutante.
En julio de 2025, la UGPP solicitó la terminación del proceso por pago total, alegando haber cumplido con la obligación. El juzgado de primera instancia, mediante un auto de octubre de 2025, negó esta solicitud tras actualizar la liquidación del crédito, determinando que subsistía un saldo insoluto que seguiría generando intereses moratorios.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Tribunal ratificó la competencia para conocer el recurso de apelación según lo establecido en el Código General del Proceso y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. El problema jurídico central fue determinar si el crédito ordenado en sentencia judicial se encontraba debidamente liquidado...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.