Tribunal Administrativo del Valle del Cauca revoca rechazo de apelación por notificación indebida en proceso contra el INPEC
Proviene de: Sentencias
22 de mayo de 2026 15:57:9
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, en su calidad de órgano de primera instancia, conoció un proceso de reparación directa contra el INPEC. Mediante sentencia del 26 de noviembre de 2025, la Corporación negó las pretensiones de la demanda. La notificación de dicha sentencia se efectuó el 27 de noviembre de 2025; sin embargo, se presentó un error en el correo electrónico al que fue enviada, lo que motivó posteriores recursos por parte de la representación judicial de la parte demandante.
El apoderado interpuso recurso de apelación el 19 de diciembre de 2025, seguido de una adición al mismo el 12 de enero de 2026. No obstante, el Tribunal profirió un auto interlocutorio el 18 de febrero de 2026 en el que rechazó el recurso de apelación por extemporáneo, bajo el argumento de que el plazo para interponerlo había finalizado.
Fundamentos jurídicos y valoración del Tribunal
Ante esta situación, el apoderado interpuso recurso de reposición y, en subsidio, una queja contra el auto interlocutorio que rechazó la apelación. Se argumentó que la notificación de la sentencia fue enviada a un correo electrónico erróneo, mientras que el apoderado había informado oportunamente un correo electrónico diferente para tales efectos, hecho respaldado con un comunicado enviado al Tribunal el 24 de julio de 2023.
El Tribunal revisó el expediente y constató que, efectivamente, la notificación de la sentencia se realizó a un correo electrónico que no correspondía al informado por la parte demandante. Esto configuró una notificación defectuosa que vulneró el derecho fundamental al debido proceso y la defensa.
Según el artículo 242...
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