Tribunal Administrativo del Valle del Cauca confirma negativa a incorporar dictamen técnico como prueba documental en proceso de reparación directa
Proviene de: Sentencias
22 de mayo de 2026 16:2:38
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Administrativo del Valle del Cauca conoció el recurso de apelación interpuesto contra un auto emitido en audiencia inicial por el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Cali. En este auto, fechado el 5 de noviembre de 2025, se negó la incorporación de un informe técnico sobre pérdida de capacidad laboral como prueba documental en un proceso de reparación directa promovido contra el Distrito Especial de Santiago de Cali.
La demanda en primera instancia fue presentada por una persona que sufrió lesiones en un accidente de tránsito ocurrido en junio de 2022 en Cali. El proceso busca el reconocimiento y pago de perjuicios materiales e inmateriales derivados de dicho accidente. Entre las pruebas aportadas se encontraba un dictamen técnico elaborado por una entidad consultora, que calificaba la pérdida de capacidad laboral.
Consideraciones jurídicas y decisión del juez de primera instancia
Inicialmente, el juez de primera instancia decretó la prueba como documental, pero posteriormente modificó su naturaleza, reconociéndola como un dictamen pericial debido a su contenido técnico-científico que requiere conocimientos especializados en medicina laboral. Esta calificación se fundamentó en los artículos 226 y 227 del Código General del Proceso (CGP), que regulan las pruebas periciales.
El juez también argumentó que el dictamen no podía incorporarse en este proceso conforme al Decreto 1072 de 2015, que prohíbe traer a juicio documentos periciales realizados en otros procedimientos para probar aspectos que requieren pericia especializada. En este caso, el dictamen sobre la pérdida de capacidad laboral estaba relacionado con una experticia distinta a la responsabilidad de la entidad demandada por el accidente de...
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