Contexto y entidad emisora
El proyecto de decreto, anunciado por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se publicaría en cumplimiento del numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015. El mismo modificaría el Decreto 1077 de 2015, Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, enfocándose en las disposiciones sobre la designación y regulación de los curadores urbanos. La iniciativa se apoyaría en diversas normas constitucionales y legales, incluyendo la Ley 388 de 1997 y la Ley 1796 de 2016, que regulan las funciones y selección de curadores urbanos. Propósito y grupos afectados
El proyecto de decreto tendría como propósito principal actualizar y mejorar el proceso de concurso de méritos para la designación de curadores urbanos, garantizando la continuidad en la prestación del servicio público de curaduría, que es esencial para el trámite y expedición de licencias urbanísticas. Los sectores afectados incluirían las entidades territoriales, autoridades municipales y distritales, curadores urbanos en ejercicio, y profesionales aspirantes a ocupar dicho cargo. Además, se buscaría fortalecer la coordinación y vigilancia sobre la función de curaduría urbana. Modificaciones y nuevos procesos
Entre las modificaciones destacadas, el proyecto establecería que el número de curadores urbanos en municipios y distritos se determinaría a solicitud de la entidad territorial y con concepto favorable del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, garantizando un mínimo de dos curadores para la prestación del servicio. Se adicionaría una garantía de continuidad en el servicio, permitiendo que el curador saliente pueda continuar provisionalmente hasta la designación de un...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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