Consejo de Estado se abstiene de resolver conflicto negativo de competencias sobre bono pensional en el Valle del Cauca
Proviene de: Sentencias
26 de mayo de 2026 16:26:59
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en ejercicio de sus funciones para dirimir conflictos negativos de competencias administrativas, conforme a los artículos 39 y 112 numeral 10 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), modificados por la Ley 2080 de 2021.
El expediente radicado bajo el número 11001-03-06-000-2025-00571-00 derivó de la solicitud presentada por la ESE Hospital Kennedy de Riofrío (Valle del Cauca), que planteó un conflicto entre esta entidad, la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), el departamento del Valle del Cauca, y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Dirección de Regulación Económica), para determinar la autoridad administrativa competente para resolver el reconocimiento y pago de un bono pensional.
Antecedentes del caso
La controversia gira en torno al bono pensional de una persona que laboró en el Hospital Kennedy de Riofrío entre 1978 y 1994. Colpensiones reconoció y ordenó el pago de una pensión vitalicia para dicho período tras acreditar más de 14.700 días de trabajo. No obstante, surgió discusión sobre cuál entidad debía asumir el pago del bono pensional por los tiempos laborados: la ESE Hospital Kennedy, el departamento del Valle del Cauca o el Ministerio de Hacienda.
Información clave incluyó una certificación electrónica de tiempos laborados emitida por el Hospital Kennedy, en la que se señaló que no se efectuaron descuentos de seguridad social en ciertos períodos y se identificaron responsabilidades entre el departamento y la entidad hospitalaria según los años correspondientes.
El conflicto se presentó formalmente en noviembre de 2025 ante...
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