Consejo de Estado declara improcedente acción de tutela contra providencia judicial sobre condena en costas en proceso tributario de la CREG
Proviene de: Sentencias
26 de mayo de 2026 22:49:18
Tribunal e instancia
La decisión fue proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado, en ejercicio de la acción de tutela contra providencia judicial. La providencia impugnada corresponde a la sentencia de segunda instancia dictada por la Sección Cuarta del Consejo de Estado en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.
Antecedentes fácticos y procesales
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), entidad administrativa adscrita al Ministerio de Minas y Energía, interpuso acción de tutela contra la providencia de 10 de octubre de 2025 dictada por la Sección Cuarta del Consejo de Estado. La providencia modificó parcialmente un fallo de primera instancia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que había accedido parcialmente a las pretensiones de la Sociedad Inversiones Sise García S.A.S. y otros, declarando la nulidad de liquidaciones tributarias relacionadas con la contribución especial para la vigencia 2020.
En segunda instancia, el Consejo de Estado confirmó la nulidad parcial y, además, impuso condena en costas a la CREG por no prosperar su recurso de apelación. La CREG alegó que dicha condena vulneró sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la justicia, pues fue impuesta sin motivación suficiente, de forma automática, y sin ponderar la inexistencia de mala fe o manifiesta carencia de fundamento legal, en contravención del artículo 188 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Consideraciones jurídicas de la providencia
La Sala Quinta del Consejo de Estado reconoció su competencia para conocer la acción de tutela conforme al artículo 86 de la Constitución y normativas conexas. Se negó la solicitud...
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